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Esteban Victor Maidana...

"El hombre es su deseo " dijo aristoteles, y mi deseo seria que compartieran este simple diario de visicitudes, alegrias , y de todo.. en esta balanza que es la vida misma...sepan disculpar..si alguno no se ve reflejado...solo es la vida....DEJEN SU COMENTARIO ES TODO BIEN RECIBIDO... ESTEBAN

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07 de Octubre, 2009 · General

Huelga De Wikipedia, la enciclopedia libre


 
Huelga de la textil Lawrence en Massachusetts en 1912
Enfrentamiento con la policía en una huelga en Minneapolis en 1934

Una huelga es una acción emprendida de forma individual, opor un colectivo social, consistente en alterar alguna actividad ofunción individual o colectiva, con objeto de ejercer una presiónsocial y alcanzar, así, un objetivo concreto.

Según la Organización Internacional del Trabajo,el derecho de huelga es uno de los medios legítimos fundamentales deque disponen los trabajadores y sus organizaciones para la promoción ydefensa de sus intereses económicos y sociales.

  • Huelga de hambre:es una forma de protesta que consiste en dejar de ingerir alimentosdurante el tiempo que haga falta hasta que su reivindicación seaatendida.
  • Huelga laboral: internacionalmente la huelga es reconocida como un derecho fundamental de los trabajadores (derecho de huelga), constitutivo de la libertad sindical.Consiste básicamente en dejar de trabajar con el objetivo de conseguirventajas laborales o sociales, aunque puede ser manifestada de otrasformas:
    • Huelga de celo
    • Huelga a la japonesa

Cuando una huelga laboral o de otro tipo se extiende a la mayoría de los estamentos sociales se denomina huelga general.

En algunos países como Argentina y Chile, se le denomina comúnmente paro.Este término se refiere generalmente al abandono de tareas laborales,aunque también comúnmente se dice paro a toda movilización, protesta,manifestación, reclamo público, abandono de tareas, piquete; endefinitiva a la huelga. Sin embargo, en el Derecho del Trabajo se diferencia el paro de la huelga por ser la huelga la suspensión de actividades hecha por trabajadores y el paro por el patrón.

Términos relacionados:

  • Esquirol: voz popular que designa al que se niega a hacer huelga. Tiene un sentido despectivo.
  • Carnero: voz popular que designa al que se niega a hacer huelga. Tiene un sentido despectivo y es utilizado en Argentina y uruguay.
  • Piquete:grupo de huelguistas que intentan que los demás hagan huelga,presionando al resto del colectivo, pacíficamente o no. A los piquetespacíficos se les suele denominar piquetes informativos.
Una reunión del sindicato británico UNISON en Oxford durante una huelga en 2006.

Contenido

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  • 1 Historia
  • 2 Véase también
  • 3 Referencias
  • 4 Enlaces externos

Historia [editar]

La primera noticia de una protesta colectiva de trabajadores se recoge en el "papiro de la huelga", que se conserva en el Museo Egipcio de Turín. Al parecer, los trabajadores que construían la necrópolis real durante el reinado de Ramsés IIIdejaron de recibir los alimentos que constituían su salario, a causa dela corrupción que invadía el país. Tras varios meses en esta situación,dejaron de trabajar y organizaron una "sentada", al segundo y tercerdía invadieron el recinto sagrado que rodeaba el templo funerario deRamsés II (o Rameseum) provocando la huida en desbandada de porteros ypolicías, hasta que lograron que se les prometiera que se les pagara.Se volvieron a suceder otras dos huelgas posteriores porque laspromesas no se convertían en realidad.[1]

En España se reguló el Derecho de huelga por primera vez mediante una norma con rango de ley por el Real Decreto Ley 17/1977 de Relaciones de Trabajoya que durante la época franquista y con anterioridad no se habíaabordado la regulación legal de este derecho. Actualmente, aunque la Constitución española reconoce expresamente este derecho en su art.28.2 como un derecho fundamental, no se ha llevado a cabo su desarrollo mediante ley orgánica (pese a algunos destacados esfuerzos como el frustrado proyecto legislativo de 1992) siendo por tanto de aplicación el mencionado real decreto preconstitucional, si bien, debidamente matizado y corregido por el Tribunal Constitucional en su famosa sentencia de 8 de abril de 1981.La declaración de huelga debe ser comunicada a los empresariosafectados y a la Autoridad Laboral con la antelación prevista en la leysin que haya ningún tipo de autorización previa para su legítimoejercicio. En Argentina, el artículo 14 BIS de la Constitución Argentina,manifiesta , entre otras cosas, el derecho a huelga: "Queda garantizadoa los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a laconciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Losrepresentantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para elcumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con laestabilidad de su empleo."


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publicado por victoresteban a las 07:28 · Sin comentarios  ·  Recomendar

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